Buscan prohibir las candidaturas testimoniales
El cierre de las inscripciones de las candidaturas en la provincia de Buenos Aires demostró que habrá propuestas testimoniales en varias fuerzas. Esta metodología política inaugurada en 2009 por el ex presidente Néstor Kirchner, Daniel Scioli y Sergio Massa ha generado mucha resistencia en la política y en amplios sectores de la comunidad.
En muchos municipios, intendentes y hasta la actual vicegobernadora bonaerense, Verónica Magario, encabezan listas. Pero es poco probable que éstos dejarán sus cargos para ocupar una banca en la Legislatura provincial, en caso de resultar electos.
En este marco, desde el Congreso Nacional se encuentra para su tratamiento un reciente proyecto del diputado nacional del PRO Gerardo Milman que busca prohibir las denominadas candidaturas testimoniales para los cargos nacionales. ¿Podría surgir así una iniciativa similar para los cargos provinciales y locales?
“Esta ley podrá contribuir a una mayor transparencia y responsabilidad en el sistema electoral. El fortalecimiento de la democracia exige erradicar prácticas que socavan el vínculo de representación entre la ciudadanía y sus representantes”, dijo el legislador nacional, consignó TN.
Antecedentes en nuestro distrito
En Merlo por ejemplo los tres primeros candidatos a concejales: Lucas Scarcella, Silvana Sahana y Mauricio Canosa ocupan cargos en el municipio y se especula que al igual que elecciones anteriores, pidan licencia al momento de asumir. Esto ya ocurrió en 2003 cundo fueron elegidos Karina Menéndez y Roberto Soos y licenciaron sus cargos luego de jurar. Previamente en 2001, había ocurrido lo mismo con Ramón Canosa y Gabriel Peralta.
La iniciativa, que incorpora el artículo 164 bis del Código Electoral Nacional, determina que los ciudadanos que resulten electos para cargos legislativos nacionales no podrán retornar a los cargos a nivel nacional, provincial y municipal, a partir de que la Justicia Electoral determine que han resultado electos. En cambio, permite que un representante electo pueda ser postulado a ocupar un cargo en el Poder Ejecutivo o Judicial, con la previa autorización de la Cámara legislativa de la que forme parte.
Más allá que este es un proyecto vinculado a las candidaturas para cargos nacionales, es decir para la renovación parlamentaria de la Cámara de Diputados y de Senadores de la Nación, del próximo 26 de octubre, deja en evidencia la preocupación por una práctica que en las últimas elecciones resultó recurrente por diferentes fuerzas.
Puesto que la Constitución Nacional adopta la forma de gobierno representativo, republicano y federal, Milman señaló que “la representación no es una mera formalidad, implica la asunción real del mandato conferido por el pueblo mediante el voto”.
El nuevo artículo 164 bis en el Código Electoral Nacional, que se incorpora por medio del proyecto, “tiene como objetivo prohibir expresamente que un funcionario del Poder Ejecutivo (nacional, provincial o municipal) que resulte electo como legislador nacional, renuncie a la banca para mantenerse o volver al cargo previamente ejercido. Así, se garantiza que el acto electoral no sea utilizado con fines ajenos a la representación parlamentaria”.
Fuente: TN. MeL
